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Un año de prisión para la tuitera que hizo chistes sobre el atentado de Carrero Blanco

  • La Audiencia Nacional condena a Cassandra V. a un año de prisión.
  • Según la sentencia, los trece tuits donde hacía chistes sobre el atentado de Carrero Blanco suponen un delito de humillación a las víctimas del terrorismo.

Un año de prisión para la tuitera que hizo chistes sobre el atentado de Carrero Blanco

La Audiencia Nacional ha condenado a Cassandra V. a un año de prisión por los mensajes en Twitter que publicó haciendo chistes sobre el atentado de Carrero Blanco. La Sección Cuarta de lo Penal ha considerado que los trece mensajes difundidos en esta red social entre 2013 y 2016 suponen un «delito de humillación a las víctimas del terrorismo», por lo que impone la pena solicitada por la Fiscalía, según ha confirmado en un comunicado el Consejo General del Poder Judicial.

La sentencia señala que los mensajes en Twitter suponen un «desprecio, deshonra, descrédito, burla y afrenta a personas que han sufrido el zarpazo del terrorismo y sus familiares y supone una actitud irrespetuosa y humillante que encaja dentro del delito de humillación a las víctimas», de acuerdo con la información facilitada por el CGPJ. La joven estudiante de 21 años explicó que los tuits habían sido publicados en clave de humor e ironía, un razonamiento que no convenció a la Audiencia Nacional, que esgrime la doctrina del Tribunal Supremo para condenar a Cassandra.

Durante el juicio, la joven señaló que mensajes como «Kissinger le regaló a Carrero Blanco un trozo de la luna, ETA le pagó el viaje a ella» o «ETA impulsó una política contra los coches oficiales combinada con un programa espacial» son expresiones que se han utilizado en España durante mucho tiempo. Los tuits, que en algunos casos incluían imágenes del atentado de Carrero Blanco, «refuerzan aún más su carácter de descrédito, burla y mofa a una víctima del terrorismo», según la Sala.

La conducta de Cassandra, de acuerdo con la sentencia, «demuestra bien a las claras que conocía la existencia del reproche penal de su conducta, o al menos se lo planteó. Situaciones que constituyen causas excluyentes de la apreciación del error de prohibición». Además, el hecho de que hayan transcurrido más de cuarenta años del asesinato de Carrero Blanco no evita que se puedan reprochar penalmente sus mensajes en Twitter. A través de un mensaje en esta red social, la joven ha lamentado la sentencia afirmando que «le han arruinado la vida».

[hipertextual.com]

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